8 de marzo día Internacional de las Mujeres. Por la Igualdad.
La conmemoración del Día Internacional de las Mujeres es en estos momentos muy importante, tras décadas de avances en la lucha por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres vivimos momentos de incertidumbre. La crisis que estamos sufriendo parece justificar cualquier medida, no importa si ello supone un retroceso en los avances logrados.
Esto es lo que ocurre con elReal Decreto-ley 3/2012 en lo que respecta a la igualdad. Si para las personas trabajadoras en general encontramos aspectos preocupantes, en el caso de las mujeres la situación es aún peor. Hace unos días al conmemorar el Día Europeo por la Igualdad Salarialdenunciamos que la brecha salarial de género sigue siendo muy alta.La discriminación salarial es uno de los factores que puede aumentar con la Reforma Laboral. ¿Quién se va a atrever a denunciar que por ser mujer su salario es menor cuando peligra más que nunca su puesto de trabajo?
La Fundación María Aurelia Capmany, en su artículo «Las mujeres primero…finiquitando los derechos laborales» considera que no se ha respetado la obligación de realizar un informe sobre el impacto de género que se puede generar. Recordemos que la Ley de Igualdad 3/2007 en el artículo 19 señala:Los proyectos de disposiciones de carácter general y los planes de especial relevancia económica, social, cultural y artística que se sometan a la aprobación del Consejo de Ministros deberán incorporar un informe sobre su impacto por razón de género.
Son muchos los factores que tras la aprobación de la Reforma Laboral pueden afectar al trabajo remunerado de las mujeres y que tendrían que haberse tenido en cuenta. El contrato a tiempo parcial es un ejemplo. El citado informa de la Fundación María Aurelia Capmany se pregunta si este tipo de contrato tiene nombre de mujer y su respuesta es afirmativa. El Real Decreto permite las horas extraordinarias, lo que agrava todos los problemas del tiempo parcial; y ahora ya ni siquiera podemos afirmar que facilite la conciliación, según María Pazos.
La conciliación de la vida laboral, personal y familiar en los últimos tiempos parecía interesar a empresas y administraciones, sin embargo las modificaciones que introduce el Real Decreto no van en esa línea. Veamos, las empresas podrán distribuir de forma irregular a lo largo del año un 5% de la jornada de trabajo. El artículo 11 dice: «La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción…» Podrán modificarse:
- Jornada de trabajo
- Horario y distribución del tiempo de trabajo.
- Régimen de trabajo a turnos.
- Sistema de remuneración y cuantía salarial.
Estos son factores que perjudicarán el empleo femenino, pues como bien sabemos son las mujeres quienes se ven obligadas a conciliar, bien sea mediante reducciones de jornada, de excedencias o llevando a cabo una doble jornada laboral. Es evidente que no se facilita la conciliación y que las mujeres serán las principales perjudicadas. La corresponsabilidad es cada día más necesaria.
Aún no hay comentarios