Cómo cumplir la Ley General de Discapacidad: Obligaciones para las empresas
Si tienes una empresa es importante que conozcas que la Ley General de los derechos de las personas con Discapacidad y de su inclusión social es de ámbito Estatal (LGD / Antigua LISMI). Si tu empresa cuenta con más de 50 trabajadores se debe de cumplir la LGD.
Cumplir con la Ley General de Discapacidad es crucial para promover la igualdad de oportunidades y la inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito laboral. Esta ley establece una serie de obligaciones para las empresas con el fin de garantizar la integración laboral de las personas con discapacidad.
Según dicta la LGD: “Las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores estarán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores con discapacidad. El cómputo se realizará sobre la plantilla total de la empresa correspondiente, y se entenderá que estarán incluidos en dicho cómputo los trabajadores con discapacidad que se encuentren en cada momento prestando servicios en las empresas públicas o privadas, en virtud de los contratos de puesta a disposición que las mismas hayan celebrado con empresas de trabajo temporal”.
¿Cómo cumplir con la Ley de Discapacidad?
Las empresas que cumplan con los criterios comentados deben informar durante el primer trimestre del año sobre los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad, así como sobre los puestos reservados para ellas. Esto debe hacerse en la Oficina de Empleo de la provincia donde la empresa tenga su sede social, así como en las provincias donde tenga centros de trabajo.
En algunos casos especiales, se consideran opciones alternativas para cumplir con la Ley General de Discapacidad (LGD) que van más allá de contratar directamente a trabajadores con discapacidad. Una de estas alternativas es establecer un contrato con un Centro Especial de Empleo. A través de nuestro Centro Especial de Empleo que ofrece servicios computables para el cumplimiento de la LGD, facilitamos información sobre el número de personas con discapacidad que son necesarias para cumplir con la LGD y asesoramiento en materia de medidas alternativas.
¿Cuáles son las medidas alternativas a la Ley General de Discapacidad?
Las medidas alternativas que las empresas pueden aplicar para cumplir la Ley General de Discapacidad, de acuerdo al Boletín Oficial del Estado, son las siguientes:
a) La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para el suministro de materias primas, maquinaria, bienes de equipo o cualquier otro tipo de bienes necesarios para el normal desarrollo de la actividad de la empresa que opta por esta medida.
b) La celebración de un contrato mercantil o civil con un centro especial de empleo, o con un trabajador autónomo con discapacidad, para la prestación de servicios ajenos y accesorios a la actividad normal de la empresa.
c) Realización de donaciones y de acciones de patrocinio, siempre de carácter monetario, para el desarrollo de actividades de inserción laboral y de creación de empleo de personas con discapacidad, cuando la entidad beneficiaria de dichas acciones de colaboración sea una fundación o una asociación de utilidad pública cuyo objeto social sea, entre otros, la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo en favor de las personas con discapacidad que permita la creación de puestos de trabajo para aquéllas y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.
d) La constitución de un enclave laboral, previa suscripción del correspondiente contrato con un centro especial de empleo, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.
Estas medidas alternativas también tienen como objetivo promover la inclusión laboral de las personas con discapacidad, pero requieren colaboración con Centros Especiales de Empleo o instituciones sin fines de lucro.
Para acceder a estas alternativas, la empresa debe obtener un Certificado de Excepcionalidad, demostrando que no puede contratar directamente debido a la falta de demandantes de empleo o a motivos económicos, productivos, técnicos o administrativos que dificultan la contratación de personal con discapacidad.
Si tienes una empresa con 50 empleados o más y necesitas ayuda para cumplir con la Ley General de Discapacidad, en Vivofácil podemos ayudarte
¿Qué productos o servicios puedes comprar para cumplir con la Ley de Discapacidad?
De manera excepcional a la obligación de contratar personas con discapacidad, la ley permite implementar medidas alternativas, como comprar productos o servicios a Centros Especiales de Empleo acreditados, o hacer donaciones a fundaciones que trabajen para mejorar la empleabilidad de las personas con discapacidad.
Al hacer una compra a nuestro Centro Especial de Empleo, una entidad que forma parte de la Economía social, estás cumpliendo con la obligación legal. Estas son las opciones que computan como medida alternativa y que gestionamos desde Vivofácil
Cumple con la Ley General de Discapacidad de forma fácil y sencilla, contratando servicios con nosotros. Nuestro Centro Especial para el Empleo, formado por un 90% de personas con discapacidad, gestionará estas peticiones.
También, te asesoraremos para que puedas cumplir con esta ley, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de la empresa. Tenemos una gran experiencia en la creación de planes a medida de todas aquellas empresas que quieran crear trabajo de forma responsable y solidaria.
Puedes contactar con nosotros llamando al número de teléfono 91 275 05 55 o, si lo prefieres, puedes escribir tu consulta a la dirección de correo electrónico [email protected]
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