¿Está tu empresa en riesgo de sanciones por no cumplir la Ley General de Discapacidad en España?
La Ley General de los Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre), establece la obligación para las empresas con 50 o más trabajadores de reservar un mínimo del 2% de su plantilla para personas con discapacidad.
El Consejo Nacional de la Discapacidad (CND) ha desempeñado un papel crucial en la evolución de la legislación española en materia de discapacidad, especialmente en relación con la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social.
En 2022, el CND aprobó la II Estrategia Española de Discapacidad 2022-2030, un plan que aborda la discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos y género.
Esta estrategia busca garantizar la inclusión social y la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, alineándose con los compromisos internacionales asumidos por España, como la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
El incumplimiento de esta normativa puede conllevar diversas sanciones
- Infracciones Leves
Son consideradas infracciones leves aquellas conductas que supongan un incumplimiento no sustancial de las obligaciones establecidas por la ley, como el retraso en la entrega de documentación o la falta de comunicación de ciertos datos.
- Sanción económica: Multas de hasta 625 euros.
- Otras consecuencias: Requerimientos administrativos para subsanar las deficiencias.
- Infracciones Graves
Se consideran graves los incumplimientos sustanciales, como la no adopción de las medidas alternativas en caso de no contratación directa o la falta de justificación de esta imposibilidad.
- Sanción económica: Multas desde 626 hasta 6.250 euros.
- Otras consecuencias: Exclusión temporal del acceso a ayudas, subvenciones públicas o bonificaciones.
- Infracciones Muy Graves
Incluyen casos de discriminación directa o indirecta por razón de discapacidad, el incumplimiento reiterado de las obligaciones de contratación o la negativa sistemática a cumplir con la cuota de reserva.
- Sanción económica: Multas de 6.251 hasta 187.515 euros.
- Consecuencias adicionales:
- Exclusión del acceso a contratos públicos.
- Pérdida de beneficios fiscales o de bonificaciones a la Seguridad Social.
- Publicación de la sanción en el Boletín Oficial del Estado en caso de reincidencia o gravedad excepcional.
Medidas alternativas al cumplimiento de la cuota del 2%
La Ley General de Discapacidad contempla la posibilidad de que las empresas con 50 o más trabajadores, que no puedan incorporar directamente a personas con discapacidad, adopten medidas alternativas de carácter excepcional.
Para ello, deben acreditar documentalmente la imposibilidad de cumplimiento y obtener la correspondiente autorización administrativa por parte de los Servicios Públicos de Empleo.
Estas medidas tienen como objetivo seguir promoviendo la inclusión y el desarrollo laboral de las personas con discapacidad a través de otras vías. Las opciones permitidas son las siguientes:
1. Contrato con un Centro Especial de Empleo (CEE)
Consiste en la contratación de bienes o servicios con un CEE, cuya plantilla esté compuesta por al menos un 70% de personas con discapacidad.
- Ejemplos: Gestiones administrativas, intermediación, atención al cliente entre otros.
- Importe mínimo anual: El valor del contrato debe ser, como mínimo, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual por cada puesto de trabajo no cubierto.
2. Donaciones o acciones de patrocinio
Realización de donaciones en efectivo o en especie a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen actividades de formación, empleo o integración de personas con discapacidad.
- Requisitos: Las entidades deben estar debidamente registradas y especializadas en este ámbito.
- Importe mínimo anual: Al menos 1,5 veces el IPREM anual por cada puesto no cubierto.
3. Constitución de enclaves laborales
Creación de un enclave laboral mediante un acuerdo con un CEE, que permita la integración laboral de personas con discapacidad en el entorno productivo de la empresa ordinaria.
- Ventajas: Permite trabajar con personas con discapacidad en las instalaciones de la empresa, con acompañamiento del CEE.
4. Contratación de servicios laborales a través de una ETT especializada
En casos debidamente justificados, se puede recurrir a una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) autorizada que facilite la incorporación temporal de personas con discapacidad.
Centro Especial de Empleo Vivofácil, una alternativa responsable y de calidad
Vivofácil Centro Especial de Empleo se ha consolidado como un referente en la formación y el desarrollo profesional de personas con discapacidad, destacando por su enfoque integral y su firme compromiso con la inclusión laboral. Su modelo de atención al cliente se caracteriza por la profesionalidad, la eficiencia y un profundo sentido de responsabilidad social.
La entidad cuenta con unidades de apoyo especializadas que facilitan la adaptación al entorno laboral, y pone a disposición de las personas trabajadoras programas personalizados de ajuste que incluyen formación continua, apoyo psicológico y acompañamiento durante todo el proceso de integración.
Valor diferencial de Vivofácil CEE y su firme compromiso con la responsabilidad social
1. Atención personalizada y de calidad
Las personas con discapacidad suelen destacar por su alto nivel de compromiso, empatía y dedicación. Estas cualidades se reflejan directamente en una atención al cliente más humana, cercana y eficaz, lo que contribuye a mejorar significativamente la experiencia del usuario y a fortalecer la imagen de marca de la empresa.
2. Cumplimiento de la Ley General de Discapacidad
De acuerdo con la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad, las empresas con una plantilla superior a 50 trabajadores están obligadas a incorporar, al menos, un 2% de personas con discapacidad. Cuando no es posible realizar una contratación directa, se permite adoptar medidas alternativas, como la contratación de servicios a través de un Centro Especial de Empleo (CEE), garantizando así el cumplimiento normativo
3. Acceso a servicios especializados
Los Centros Especiales de Empleo ofrecen servicios adaptados a las necesidades específicas de cada empresa. Gracias a su experiencia en la formación e integración de equipos, aseguran un alto nivel de profesionalidad y una atención centrada en el usuario.
4. Refuerzo de la imagen corporativa
Colaborar con un Centro Especial de Empleo no solo cumple con un objetivo legal o funcional, sino que también proyecta un fuerte compromiso con la inclusión y la diversidad. Esto genera un impacto positivo en la reputación de la empresa ante clientes, aliados estratégicos, empleados y administraciones públicas, especialmente en el marco de políticas de responsabilidad social empresarial.
5. Unidades de apoyo y servicios de ajuste personal
Los CEE disponen de unidades de apoyo y servicios de ajuste personal y social, diseñados para facilitar la integración laboral de las personas con discapacidad. Estas unidades brindan acompañamiento, orientación y asistencia personalizada, promoviendo una adaptación exitosa al entorno de trabajo y un desarrollo profesional sostenible.
Vivofácil facilita a las empresas el cumplimiento de la Ley General de Discapacidad generando impacto real: transformando la obligación legal en una oportunidad de responsabilidad social y mejora reputacional. Más información en el teléfono 91 275 05 55 o en info@vivofacil.com
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